El juzgado de Río Cuarto emitió una medida cautelar ordenando al Banco de Córdoba que se abstenga de descontar más del 20% de los haberes de una empleada provincial. La resolución judicial constituye una protección provisoria fundamentada en normas de defensa del consumidor.
La decisión judicial permanecerá en vigencia durante toda la tramitación del proceso principal, cuando se resolverá la cuestión de fondo. Mientras tanto, el Bancor deberá respetar el límite establecido en sus operaciones de débito sobre la remuneración de la trabajadora.
El tribunal consideró que los descuentos excesivos sobre salarios representan una situación que requería intervención judicial urgente. La medida protege los derechos de la empleada y evita que pueda sufrir un daño irreversible en sus ingresos.
Los principios de protección al consumidor reconocen que toda persona tiene derecho a no ser sometida a prácticas abusivas en sus relaciones comerciales y financieras. En este caso, el juzgado interpretó que los descuentos desproporcionados de la entidad bancaria violentaban esos derechos fundamentales.
La medida cautelar es una herramienta legal que permite proteger derechos mientras se aguarda una resolución definitiva. El Banco de Córdoba quedó obligado a cumplir con la disposición judicial, limitando sus descuentos al porcentaje establecido.
Imagen: KATRIN BOLOVTSOVA / Pexels – Con informacion de Perfil






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